Overblog
Edit post Seguir este blog Administration + Create my blog
22 julio 2011 5 22 /07 /julio /2011 06:41

La morosidad en España, es una cuestión preocupante en muchas familias. En el artículo que se muestra a continuación, se informa sobre lo que es el RAI (Registro de aceptaciones impagadas) y la manera de reclamación puesta a disposición de los clientes incluidos en estos listados de morosos.

EL RAI listado de morosos

A continuación, se muestra información práctica sobre las reclamaciones necesarias para salir del RAI.

Aparecer en una lista de morosos es muy fácil, tanto que es más común de lo que verdaderamente se puede llegar a pensar.

Para saber si se está incluido en un listado de ASNEF (Asociación nacional de establecimientos financieros de crédito), previamente se debe haber sido comunicado al afectado, su inclusión por escrito, para que éste tenga la posibilidad de reclamar, pagar o modificar y o borrar los datos que aparecen en la lista de RAI o ASNEF sobre su persona.

A continuación, se muestra el procedimiento habitual y legal que se debe llevar a cabo tanto como para salir, como para disponer de información relativa a la persona.

Pasos de notificación y reclamación

Hay que prestar un especial cuidado de no aparecer en listas de morosos, ya que a la hora de realizar compras de coches o para solicitar hipotecas, el hecho de estar en una lista de morosos, dificultará la finalización de la compra u operación financiera.

Por ello se muestran a continuación, los pasos de notificación y reclamación en caso necesario.

Comunicación obligada de las empresas.

Las empresas con una gran solvencia patrimonial y de crédito que investigan los impagados, están obligados a comunicarlo por escrito en un plazo máximo de 30 días laborables.

La comunicación de que se pertenece a la lista de morosos debe realizarlo mediante correo ordinario. Esta comunicación se efectúa en cada una y por cada una de las deudas que se tienen sin pagar.

Salir de un listado del ASNEF o de un listado de morosos RAI.

Para salir de dichos ficheros tan solo se deberá abonar la deuda que se tenía contraída con anterioridad, en ese caso se debe instar a la empresa emisora, que informe en el periodo mas breve posible al fichero que ya se ha realizado el pago del cobro y que por lo tanto deben eliminar los datos del fichero de morosos.

Esto no puede exceder más de una semana.

Otra forma que existe también de salir pero de forma más complicada es demostrar que los datos que se encuentran incluidos en el fichero son inexactos o que se ha cometido alguna irregularidad a la hora de introducir los datos o los datos de la deuda contraída.

La permanencia máxima que puede tener una persona y sus datos en estos ficheros de morosos son de 6 años.

asnef
Compartir este post
Repost0

Comentarios

Ana Pereira

  • ana.pereira
  • Hola soy Ana Pereira, actualmente comentarista y colaboradora especializada en economía, me considero una escritora aficionada,con un solo objetivo, el ser útil
  • Hola soy Ana Pereira, actualmente comentarista y colaboradora especializada en economía, me considero una escritora aficionada,con un solo objetivo, el ser útil

Buscar

Archivos